EL DIPUTADO DE LOS VERDES EN EL CONGRESO,FRANCISCO GARRIDO,PRESENTA UNA PREPOSICIÓN NO DE LEY PARA LA PREVENCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN ELECTROMAGNETICA.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La irrupción de los campos electromagnéticos inducidos, de gran alcance, es una novedad que hace su aparición de forma extremadamente invasiva, en la vida continua, a partir del uso masivo de los sistemas de telefonía móvil. La exposición a campos electromagnéticos naturales o inducidos, hasta ahora, no es comparable con las magnitudes que aporta la telefonía móvil. La existencia de un fuerte debate científico, técnico y social, sobre los riesgos asociados a la exposición a los campos electromagnéticos, nos indica el alto nivel de incertidumbre que existe sobre las consecuencias de estas tecnologías.
Partiendo de una supuesta inocuidad, cada vez son más los estudios científicos que aportan datos sobre los riesgos de la exposición continua a estos campos (el estudio europeo REFLEX). La incertidumbre científica provoca la aparición de una inquietud social, manifestada en movilizaciones y plataformas, que reclaman el derecho a saber y a controlar los riesgos, y a proteger la salud y la calidad ambiental. La actitud de falta de transparencia de las grandes empresas de telefonía no ha hecho, sino, añadir más desconfianza. Tradicionalmente, la biofísica entendía que todas las radiaciones no ionizantes carecían de impacto sanitario y ambiental. Posteriormente, se reconocieron los efectos térmicos, aunque se minimizó la importancia de los daños a la salud que comportan. Estudios posteriores demuestran que existe una afección a la salud y al ambiente de los efectos de naturaleza atérmicos.
El contexto de incertidumbre científica y de desconfianza social, ante la tecnología de telefonía móvil y la exposición prolongada a campos electromagnéticos, describe el marco ideal para la aplicación del principio de precaución. Cuando no se sabe lo suficiente y existen dudas razonables sobre los riesgos irreversibles, quien ha de probar la inocuidad es aquel que pretende introducir la nueva tecnología cuestionada. Pero el marco legislativo actual, centrado en el Real Decreto 1066/2001, se sitúa en las antípodas del referido principio de precaución. Con este decreto, los niveles autorizados de exposición están muy por encima de otros países europeos, como Suecia, Italia o Rusia.Por tanto, estamos ante la emergencia de una nueva forma de contaminación de mayor o menor gravedad, pero, en todo caso, nada inocua. La expansión del uso de teléfono móvil, entre una población cada vez mayor, de forma más indiscriminada y con menor edad (llegando incluso a ser usado por miles de niños), acrecienta los riesgos, sin que por ello se conozca ninguna campaña informativa que aperciba de estos riesgos y a consejos e instrucciones de buen uso. Incluso, en la siniestralidad de tráfico, cada vez cuenta como un factor más poderoso, el uso del teléfono móvil, pues altera y disminuye las capacidades perceptivas y los reflejos de reacción. En la realidad más inmediata, se está expandiendo una nueva tecnología (UMTS), cuyos efectos son aún más desconocidos.Entendemos que es necesario proceder a la creación de un nuevo marco normativo, con rango de ley, de la contaminación electromagnética. Y también aplicar, de inmediato, las medidas de información, transparencia, información, y participación y control ciudadano, en el desarrollo de la tecnológica de telefonía móvil.
En consecuencia con lo anterior, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate y votación.
PROPOSICIÓN NO DE LEY
El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Presentar, ante esta cámara, un Proyecto de Ley de prevención de la contaminación electromagnética, basada en el principio de precaución.
2. A tomar medias normativas inmediatas, para garantizar la seguridad de los/as ciudadanos/as y del medio ambiente, frente a la contaminación electromagnética, que contengan:
2.1 Disminución de las emisiones aceptables, hasta un límite máximo de 0,1 de microwatios por cm
2.2.2 A la prohibición de la instalación en viviendas y núcleos urbanos de antenas de telefonía móvil.
2.3 La prohibición de las microantenas, instaladas dentro del casco urbano, a baja altura y bajo formas camufladas.
2.4 La prohibición del uso de teléfono móvil a menores de 16 años.
2.5 La apertura a la participación y control ciudadano, en la toma de decisiones, sobre el desarrollo de la telefonía móvil.
2.6 Adoptar un protocolo unificado y riguroso de de medición de la exposición a los campos electromagnéticos.
3. La realización de estudios epidemiológicos independientes y públicos, con control ciudadano, sobre el impacto sobre la salud humana de los campos electromagnéticos.
La irrupción de los campos electromagnéticos inducidos, de gran alcance, es una novedad que hace su aparición de forma extremadamente invasiva, en la vida continua, a partir del uso masivo de los sistemas de telefonía móvil. La exposición a campos electromagnéticos naturales o inducidos, hasta ahora, no es comparable con las magnitudes que aporta la telefonía móvil. La existencia de un fuerte debate científico, técnico y social, sobre los riesgos asociados a la exposición a los campos electromagnéticos, nos indica el alto nivel de incertidumbre que existe sobre las consecuencias de estas tecnologías.
Partiendo de una supuesta inocuidad, cada vez son más los estudios científicos que aportan datos sobre los riesgos de la exposición continua a estos campos (el estudio europeo REFLEX). La incertidumbre científica provoca la aparición de una inquietud social, manifestada en movilizaciones y plataformas, que reclaman el derecho a saber y a controlar los riesgos, y a proteger la salud y la calidad ambiental. La actitud de falta de transparencia de las grandes empresas de telefonía no ha hecho, sino, añadir más desconfianza. Tradicionalmente, la biofísica entendía que todas las radiaciones no ionizantes carecían de impacto sanitario y ambiental. Posteriormente, se reconocieron los efectos térmicos, aunque se minimizó la importancia de los daños a la salud que comportan. Estudios posteriores demuestran que existe una afección a la salud y al ambiente de los efectos de naturaleza atérmicos.
El contexto de incertidumbre científica y de desconfianza social, ante la tecnología de telefonía móvil y la exposición prolongada a campos electromagnéticos, describe el marco ideal para la aplicación del principio de precaución. Cuando no se sabe lo suficiente y existen dudas razonables sobre los riesgos irreversibles, quien ha de probar la inocuidad es aquel que pretende introducir la nueva tecnología cuestionada. Pero el marco legislativo actual, centrado en el Real Decreto 1066/2001, se sitúa en las antípodas del referido principio de precaución. Con este decreto, los niveles autorizados de exposición están muy por encima de otros países europeos, como Suecia, Italia o Rusia.Por tanto, estamos ante la emergencia de una nueva forma de contaminación de mayor o menor gravedad, pero, en todo caso, nada inocua. La expansión del uso de teléfono móvil, entre una población cada vez mayor, de forma más indiscriminada y con menor edad (llegando incluso a ser usado por miles de niños), acrecienta los riesgos, sin que por ello se conozca ninguna campaña informativa que aperciba de estos riesgos y a consejos e instrucciones de buen uso. Incluso, en la siniestralidad de tráfico, cada vez cuenta como un factor más poderoso, el uso del teléfono móvil, pues altera y disminuye las capacidades perceptivas y los reflejos de reacción. En la realidad más inmediata, se está expandiendo una nueva tecnología (UMTS), cuyos efectos son aún más desconocidos.Entendemos que es necesario proceder a la creación de un nuevo marco normativo, con rango de ley, de la contaminación electromagnética. Y también aplicar, de inmediato, las medidas de información, transparencia, información, y participación y control ciudadano, en el desarrollo de la tecnológica de telefonía móvil.
En consecuencia con lo anterior, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente Proposición no de Ley, para su debate y votación.
PROPOSICIÓN NO DE LEY
El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Presentar, ante esta cámara, un Proyecto de Ley de prevención de la contaminación electromagnética, basada en el principio de precaución.
2. A tomar medias normativas inmediatas, para garantizar la seguridad de los/as ciudadanos/as y del medio ambiente, frente a la contaminación electromagnética, que contengan:
2.1 Disminución de las emisiones aceptables, hasta un límite máximo de 0,1 de microwatios por cm
2.2.2 A la prohibición de la instalación en viviendas y núcleos urbanos de antenas de telefonía móvil.
2.3 La prohibición de las microantenas, instaladas dentro del casco urbano, a baja altura y bajo formas camufladas.
2.4 La prohibición del uso de teléfono móvil a menores de 16 años.
2.5 La apertura a la participación y control ciudadano, en la toma de decisiones, sobre el desarrollo de la telefonía móvil.
2.6 Adoptar un protocolo unificado y riguroso de de medición de la exposición a los campos electromagnéticos.
3. La realización de estudios epidemiológicos independientes y públicos, con control ciudadano, sobre el impacto sobre la salud humana de los campos electromagnéticos.
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